Hoy se encuentran todas las empresas con el afán propio de superar la contingencia tanto económica, mental y física que las está llevando a replantear su organización productiva, para mantener el personal que en los últimos tiempos ha sido el pilar fundamental que los ha instalado en el campo económico en que se desenvuelven y en el que han obtenido resultados positivos para posesionar sus productos, su tecnología y el desarrollo de los proyectos en los que se desenvuelven económicamente.
Entonces con el ánimo de continuar la mejora del Protocolo de Bioseguridad para la Prevención por CORONAVIRUS – COVID 19, pero articulándolo al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), en el artículo 2 de la Constitución Política prevé que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra y bienes, creencias y demás derechos.
Así mismo, la “Organización Internacional del Trabajo (OIT),mediante comunicado del 18 marzo del 2020, instó a los Estados a implementar medidas urgentes para I) proteger a los trabajadores y empleadores y sus familias de los riesgos para la salud generadas por el Coronavirus COVID 19,II) proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo, III) estimular la economía y el empleo y IV) sostener los puestos de trabajo y los ingresos, con el propósito de respetar los derechos laborales, mitigar los impactos negativos y lograr una recuperación rápida y sostenida.”
Como se puede apreciar todas las medidas de Bioseguridad que se están implementando en las empresas tienen un común denominador que es el trabajador, sus entornos laboral y familiar que a la vez son eje del SG-SST, todo consignado en los objetivos, y en el cumplimiento de los estándares mínimos delineados en la Resolución 312 de Febrero del 2019, y ahora consignados en la Resolución 0666 del 24 de Abril del 2020 que en su Artículo 2 “Ámbito de aplicación dice:
Esta resolución aplica a los empleadores y trabajadores del sector público y privado, aprendices, cooperados de cooperativas o pre cooperativas de trabajo asociado, afiliados participes, los contratantes públicos y privados, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios de los diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales que requieran desarrollar sus actividades durante el periodo de emergencia sanitaria y las ARL”.
Parágrafo: “Para la aplicación de los protocolos de Bioseguridad cada sector, empresa o entidad deberán realizar, con el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales,(ARL) las adaptaciones correspondientes a su actividad, definiendo las diferentes estrategias que garanticen un distanciamiento social y adecuados procesos de higiene y protección en el trabajo”.
Responsabilidades. Son responsabilidades a cargo del empleador o contratante y del trabajador, contratista cooperado o afiliado participe, vinculado mediante contrato de prestación de servicios o de obra. Al igual que en el SG-SST, existen responsabilidades para su implementación consignadas en la Resolución 666 del 2020:
- El empleador o contratante debe adoptar, adaptar e implementar las normas consignadas en esta resolución.
- Además capacitar a sus trabajadores y demás personal en todas las medidas de Bioseguridad establecidas en este protocolo
- Implementar las acciones que garanticen la continuidad de las actividades y la protección de los trabajadores independiente del tipo de vinculación que estén en las instalaciones y/o lugares de trabajo.
- Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, como flexibilización de turnos y horarios de trabajo y/o propiciar el trabajo en casa.
- Reportar a la EPS y a la ARL CORRESPONDIENTE los casos sospechosos y/o confirmados de COVID 19.
- Incorporar a canales de comunicación y puntos de atención la información requerida con la prevención, propagación y atención por COVID 19.
- Apoyarse en la ARL en materia de identificación y valoración del riesgo en conjunto con la EPS en actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
- Solicitar la asistencia y asesoría técnica de la ARL para verificar medidas y acciones adoptadas a sus diferentes actividades.
- Proveer a los empleados de los EPP QUE DEBAN UTILIZARSE, para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador.
Continuando con las responsabilidades frente al COVID 19 los trabajadores cumplen un papel fundamental, pues lo que busca esta resolución es garantizar la seguridad y salud de los trabajadores con tal fin se enuncian sus responsabilidades:
- Cumplir los protocolos de Bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador, durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en la realización de las labores que esta le designe.
- Reportar al empleador cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo y/o entorno familiar.
- Adoptar medidas de cuidado de su salud y reportar al empleador y/o contratante las alteraciones de sus estado de salud, especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar.
No les explico nuevamente que es el Coronavirus-COVID 19, si hay alguna inquietud al respecto, apreciados lectores, favor remitirse al artículo del mes de Marzo. Pero si reforzamos el “Objetivo de la implementación de las medidas de Bioseguridad para prevenir el contagio por Coronavirus COVID 19, para que sea adaptado en los diferentes sectores diferentes al sector salud, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a humano durante el desarrollo de todas sus actividades.”.
Continuando con la aplicación de la Resolución 666 del 2020. Se hará énfasis en las medidas de Bioseguridad para los trabajadores se entenderá como trabajador toda persona que haya sido vinculada bajo cualquier tipo de contrato y labore dentro y/o fuera de las instalaciones de la empresa. La implementación de este protocolo en ningún caso podrá traducirse en el desconocimiento o desmejora de las condiciones, ni en la terminación de los vínculos laborales y demás formas contractuales del personal de las empresas.
Las Medidas Generales que han demostrado mayor evidencia para contener la propagación del COVID 19, encontramos:
- Lavado de Manos.
- Distanciamiento social
- Uso de tapabocas.
Pero además de estos tres pilares se requiere que la empresa independiente de la actividad económica fortalezca los procesos de limpieza y desinfección de equipos, herramientas, elementos propios de oficina, máquinas, equipos de cómputo, celulares, superficies, pisos, y herramientas manuales que usen, y en cada proceso de limpieza y desinfección es obligatorio el uso de los elementos de protección personal (EPP) y descartarlos de forma correcta en la bolsa negra, llenarla hasta las tres cuartas partes, cerrarla , desinfectarla con la solución de cloro y depositarla en otra bolsa negra, cerrar, marcar con cinta de enmascarar como RESIDUOS NO REUTILIZABLES y llevar al centro de acopio de residuos.
Brevemente recordare el lavado de manos, esta acción simple en apariencia pero grande en el papel que desempeña hoy frente al COVID 19, comprende los siguientes pasos.
- Disponer de los insumos requeridos, agua potable, jabón toallas desechables.
- Alcohol glicerinado mínimo 60%, máximo 95%.
- Disponer de alcohol glicerinado en lugares en lugares de acceso fácil y frecuente por parte de las personas usuarias.
- Disponer en áreas comunes y zonas de trabajo de puntos para lavado frecuente de las manos.
- Todos los trabajadores tanto en control remoto, centros de operación y/o en actividades externas, DEBEN seguir el protocolo de lavado de manos.
- Después de entrar en contacto con superficies que pudieren estar contaminadas, después de ir al baño, manipular dinero y antes y después de comer.
- Los RESPONSABLES DEL SG-SST, deberán establecer mecanismos de seguimiento, monitoreo y autocontrol de esta actividad en todos los sitios de trabajo.
- Intensificar las acciones de información, educación y comunicación para el desarrollo de todas las actividades que eviten el contagio por COVID 19.
Omito la técnica de lavado de las manos, espero que la estén cumpliendo como determino el Min Salud y lleven el registro diario.
- El distanciamiento “social”, cuarentena son fundamentales para evitar el contagio por COVID 19.
- Guarden la distancia de 2 metros entre personas y puestos de trabajo. Áreas de consumo de alimentos y/o descanso.
- Estas recomendaciones son válidas para espacios como bancos, oficinas,
- Esta recomendación tiene gran valor para evitar el contagio por COVID 19.
Capítulo aparte merece la entrega, uso, cuidado y disposición final de los EPP .para prevención de contagio por COVID 19.
Los responsables del Sistema de Gestión, Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), DEBEN definir los EPP, indicados para la protección personal de acuerdo con la labor que realizan y la protección que debe suministrar para prevenir el contagio por COVID 19, desde el punto de vista de la Higiene Industrial, que sea aplicable a los procesos de la empresa a partir de valoraciones cuantitativas.
- La empresa debe entregar los EPP y garantizar su disponibilidad y recambio.
- Informar las recomendaciones de uso eficiente de EPP.
GUANTES:
- El uso de guantes se recomienda para las labores de aseo de las instalaciones de la empresa, recolección y disposición de residuos en general y los marcados RESIDUOS NO REUTILIZABLES. Y desde luego los requeridos para la tarea asignada.

- Los EPP que NO son desechables se deben lavar y desinfectar luego del uso. Después si los pueden guardar y recordar que son de uso personal.
- Deben contar con canecas con tapa, pedal y bolsa en su interior para el destino final de los EPP posiblemente contaminado y/o usado para prevenir el contagio.
- Los trabajadores NO PUEDEN USAR los EPP o la dotación fuera de las instalaciones de la empresa.
- NO pueden compartir los EPP.
MANEJO DE LOS TAPABOCAS:
Recordar que el USO DE LOS TAPABOCAS ES OBLIGATORIO TANTO EN LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA, COMO FUERA DE ELLA, de ESTO DEPENDE SU VIDA, SU SEGURIDAD, LA DE SUS COMPAÑEROS Y LA DE SU FAMILIA .Para tal fin tenga en cuenta lo consignado en el Artículo 3.3.1. de la Resolución 666 del 24 de Abril del 2020.
Uso obligatorio del tapabocas en el transporte público y en áreas con afluencia masiva de personas.
El uso correcto del tapabocas es fundamental para evitar el contagio, Igualmente es importante la forma de retirarlo, para evitar el contagio de las manos con zonas contaminadas y/o dispersión del agente infeccioso. Colocar en lugar visible la forma correcta de ponerse y quitar el tapaboca

Se puede usar tapabocas de tela siempre y cuando cumplan con las indicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social.
SIEMPRE, deben lavarse las manos antes y después del uso del tapabocas.
Tapabocas Convencional:
Estos elementos que cubren de manera NO oclusiva la nariz y la boca reducen la probabilidad de contacto con secreción nasal o saliva de otra (s) personas.
PASOS PARA LA COLOCACION Y RETIRO DE TAPABOCAS.
- Lávese las manos antes de colocarse el tapabocas.
- Se deben seguir las recomendaciones del fabricante.
- Ajuste por encima y por debajo de las orejas el caucho del tapabocas y si tiene lámina metálica esta debe ajustarse a la nariz.
- El tapabocas debe quedar por encima de la nariz y debajo del mentón.
- La cara del tapaboca con color (impermeable) debe mantenerse como la cara externa.
- NUNCA TOQUE CON LAS MANOS EL TAPABOCAS, Si por algún motivo lo DEBE hacer lávese antes y después las manos.
- El tapabocas se puede usar durante todo el día de manera continua, siempre y cuando NO este roto, sucio y/o húmedo en caso contrario debe cambiarse y disponerse en la caneca dispuesta para tal fin. Y tomar uno nuevo.
- Retírelo usando las bandas elásticas.
- NO reutilice el tapabocas.
- Lávese las manos una vez terminado el retiro.
- El tapabocas mientras NO se use debe guardarse en su bolsa original.
La persona responsable del SG-SST. Debe capacitar al personal en todo lo pertinente al cuidado y prevención de contagio por Coronavirus COVID 19, y entre ello sobre el uso OBLIGATORIO, y cuidado de los EPP, para evitar el contagio. E igual que en el SG-SST corresponde tener la evidencia de la entrega, la inspección del uso y cuidado correcto de los EPP, como de la disposición final, dichos EPP deben estar consignados en la matriz de EEP de la empresa que para tal fin debe ser actualizada.
En el artículo del mes de Abril, hable sobre el programa OLA, articulado con las medidas de limpieza que se deben tener en cuenta para evitar el contagio por COVID 19, hoy nuevamente les reitero la importancia de tener presente la limpieza y desinfección que deben aplicar en las empresas, en sus hogares y para ello enumero aspectos necesarios e indispensables de Bioseguridad, en los que hace énfasis la Resolución 666 del 24 de Abril el 2020.
- Tener e implementar un protocolo de limpieza y desinfección permanente y mantenimiento de lugares de trabajo, en él debe estar consignado la frecuencia, los insumos, el personal responsable, los elementos de protección empleados.
- Frecuencia de limpieza de pisos, ventanas, puertas, escritorios, y todos los elementos de escritorio y los demás con los que las personas tienen contacto.
- Procedimiento diario de limpieza y desinfección previo a la apertura y posterior al cierre .No olvidar zonas comunes, casino, cafetería, auditorios y mobiliario
- Revisar y actualizar el Programa de plagas y roedores establecido en el SG-SST, con base en las directrices establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Elaboración de fichas técnicas e instructivos (preferiblemente digitales), sobre los procesos de limpieza y desinfección.
- Protocolo de desinfección de máquinas y herramientas. Previo al uso. Tener registro.
- Garantizar que el proceso de limpieza y desinfección se realice de manera segura y con los EPP, requeridos de acuerdo al área donde se realiza.
- Disponer de toallas y/o paños impregnados de desinfectante, para botones. del ascensor, huellero, manijas, llaves y demás.
- Una limpieza y desinfección aparte merece las áreas de baño, los elementos de esta área deben de ser de uso exclusivo, comedor, casino y otras áreas comunes.
- Realizar actividades de registro y seguimiento.
- Capacitar periódicamente a todo el personal acerca de la importancia de seguir las normas de higiene, limpieza y desinfección empleada en la empresa.
- Los productos químicos deben contar con las fichas de seguridad y estas las debe conocer y tener presente especialmente los encargados de los procesos de limpieza y desinfección
Cómo realizar la limpieza y desinfección de los establecimientos y espacios de trabajo?
- El personal que realiza el procedimiento de limpieza y desinfección debe utilizar los EPP, siguiendo las indicaciones arriba consignadas.
- Limpiar con toalla y/o paño húmedo las superficies antes de barrer para evitar polvo.
- Luego desinfectar con solución de hipoclorito de sodio u otro desinfectante ( que la empresa seleccione),siempre siguiendo las recomendaciones de la ficha de seguridad y utilizando los EPP requeridos para tal fin.
- Los elementos que se utilicen para la limpieza y desinfección al iniciar el procedimiento DEBEN estar limpios.
- Las superficies del baño y sanitario deben desinfectarse al menos una vez al día. Contar con el registro correspondiente.
- No olvidar depositar los EPP usados y que son desechables descartarlos en la caneca destinada para tal fin.
Con las recomendaciones consignadas en párrafos anteriores he querido reforzar las normas de Bioseguridad que Ustedes señores empresarios han consignado en los Protocolos de Bioseguridad que elaboraron y han puesto en marcha para dar apertura a sus procesos productivos.
Recuerden que del cumplimiento de estas directrices emanadas del gobierno nacional, son de obligatorio cumplimiento y que de este se debe tener evidencia escrita. No olviden tomar diariamente la temperatura y aplicar el cuestionario con los ítems que hacen mención a los síntomas que determinan la NO presencia del COVID 19 en los trabajadores. En próximo artículo continuo aclarando, reforzando y articulando aspectos fundamentales para la prevención de contagio COVID 19. Con el SG-SST.
Escrito por: Guiomar Villarreal, Especialista en S.O
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